En el acuerdo firmado en julio de 2020, por el que se ponía fin al conflicto por el complemento de antigüedad, se estableció una subida anual de un 2% hasta un máximo de un 40%. En ese acuerdo, firmado en el BOPA, no se contempla ningún periodo de carencia, con lo que entendemos que esa subida debe aplicarse desde el mismo momento de su firma a todos los compañeros que cumplan un año más de antigüedad en la empresa.
En los siguientes enlaces podéis consultar: