Los compañeros desheredados de la EMA han conseguido que el Juzgado de lo Social Nº 2 de Gijón anule la doble escala salarial en la retribución por antigüedad.
En la EMA como en EMULSA, en el convenio colectivo se recogía que la antigüedad se pagase de forma diferente en función de la fecha de ingreso en la empresa. En el caso de nuestra empresa hay un triple sistema de remuneración del complemento de antigüedad. Esta sentencia anula la escala menos favorable, ya que esta doble retribución » no tiene acomodo en la Constitución a la luz del principio de igualdad, ni tampoco con la igualdad efectiva de los individuos».
Desde el CTE animamos a que en EMULSA se inicie el mismo conflicto colectivo para terminar con esta flagrante discriminación. Puedes consultar la sentencia aquí.