La ley del embudo

Como ya sabéis, Emulsa quiere sancionar a David del Amo, en representación del CTE, por haber hecho pública una lista manuscrita con las notas de las promociones internas.

Han sido unos procesos muy conflictivos, con notas que muchos de los examinados no entienden ni comparten. Es vox populi que no se han percibido como unos exámenes justos e imparciales y el descontento e impotencia han tensado de nuevo las relaciones laborales en Emulsa. Un tirón más de esa cuerda es querer expedientar al CTE por una filtración anónima cuando otros sindicatos como UGT, CCOO y USO han publicado listas oficiales con datos sensibles de los aspirantes, en sus respectivas páginas de Facebook.

En la publicación de estas listas aparecían datos muy sensibles, divulgando, además de nombre y apellidos, información del código de empresa, categoría profesional, el servicio al que pertenece el trabajador, si este tiene una antigüedad de más o de menos de 60 meses,  o el carnet de conducir solicitado en vigor.

La divulgación de estas listas con datos tan sensibles, que no han tenido ningún apercibimiento por parte de la dirección de Emulsa, suponen una vulneración clara, ya no la de Ley de Protección de Datos, si no del Código de Conducta de Emulsa, en su punto 4.1.6, poniendo de manifiesto la doble vara de medir que se utiliza en función de quien se trate.

Es una decepción enorme que la empresa municipal de limpieza en vez de investigar qué irregularidades se han producido para velar por un proceso con igualdad de oportunidades haya preferido sancionar al mensajero. Esta represión sindical hacia el recientemente creado CTE pone en evidencia  cómo resuelve los problemas la gerencia de Emulsa: amenaza con sanciones a quienes señalan posibles ilegalidades.

Código de Conducta Emulsa